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Un fallo de Cámara avala al Gobierno y obliga a una jueza de la causa Correo Argentino a jubilarse

Lilia Gómez de Alonso cumplió 75 años y busca extender su período como magistrada. Había sido respaldada en primera instancia, pero el Ejecutivo apeló.

Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal obliga a la jueza en lo comercial María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero a dejar su cargo tras haber cumplido 75 años y revoca una cautelar de primera instancia que se le había habilitado a la magistrada. Se espera que la jueza apele la medida para continuar en su cargo.

La decisión se produjo luego de la apelación del Poder Ejecutivo frente a la pretensión de la jueza de seguir ejerciendo sus funciones. Entre otras causas que tiene a su cargo, sobresale Correo Argentino SA, que investiga la deuda de la empresa que pertenecía al grupo Macri y que fue estatizada en 2003 por el Gobierno nacional.

Con la firma de los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, la sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidió “revocar el pronunciamiento apelado, con costas por su orden en atención que la actora pudo creerse con derecho a litigar”. Es decir, contradijo la decisión de primera instancia del juez Pablo Cayssials, quien había fallado a favor de Gomez Alonso. No votó el tercer juez de la Cámara, Jorge Alemany, por estar de licencia.

La decisión de Cayssials había llevado al Gobierno a apelar el reclamo de Gómez Alonso, a quien consideran una jueza afín a los intereses del ex presidente Mauricio Macri. En la Rosada creen que la magistrada busca continuar en su cargo en pos de dilatar el proceso de quiebra de la compañía.

Cayssials, juez de primera instancia número 7, había sido claro al aceptar el reclamo de Gómez Alonso, que entre otros precedentes tiene el de Carlos Fayt, el juez de la Corte Suprema que se mantuvo en el cargo hasta los 97 años, en 2015, cuando decidió jubilarse.

“En un examen preliminar de la cuestión, es razonable concluir que el derecho alegado por la accionante aparece como verosímil a los efectos de la procedencia de la medida precautoria requerida por su parte, sin perjuicio de lo que corresponda resolver en oportunidad de dictar sentencia sobre el fondo del asunto”, había dicho el juez.

La jueza está a cargo de la causa del Correo Argentino. Foto Lucía Merle.La jueza está a cargo de la causa del Correo Argentino. Foto Lucía Merle.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, en tanto, consideró que Cayssials “omitió ponderar el interés público involucrado en el mantenimiento en su cargo de una jueza que no obtuvo el acuerdo del Senado para continuar en el cargo habiendo cumplido los 75 años de edad”.

Y explicó, citando “sin perjuicio del análisis efectuado por el juez a quo, es ineludible tener en consideración las conclusiones expuestas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Schiffrin, Leopoldo Héctor”, por qué correspondía “dejar de lado la doctrina del caso Fayt”.

La Cámara recordó que para llegar a tal conclusión, la Corte consideró que la Convención Constituyente de 1994 no excedió los límites de la ley que declaró la necesidad de la reforma constitucional, al incorporar la limitación de 75 años de edad para los magistrados nacionales en el artículo 99, inciso 4º, tercer párrafo, de la Constitución Nacional, ni tampoco vulneró el principio de independencia judicial,

María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero ingresó a la justicia en 1968. Tras cumplir con los pasos previos de la carrera judicial, desde 1982 trabaja como jueza, en tanto que es integrante de la Sala B de la Cámara Comercial desde 1988, hace 33 años.

En su reclamo a la Justicia, entre otros puntos, Gómez Alonso pidió que “se declare la inopononibilidad y, en subsidio, la invalidez de la reforma de 1994 y, en consecuencia, su inaplicabilidad al caso concreto”. Recuerda, en ese sentido, que una vez que los jueces cumplen 75 años la Constitución los habilita a pedir un nuevo nombramiento con acuerdo del Senado para mantenerse en el cargo por otros cinco años más.

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