La sala III de la Cámara de Apelaciones de San Isidro declaró inadmisible el planteo que habían formulado Claudia Nora, Ana Estela y Rita Mabel Maradona, hermanas del Diez
Este martes, la Cámara de Apelaciones de San Isidro confirmó el fallo de un juez de Garantías que el mes pasado apartó al abogado Matías Morla como querellante en la causa por la muerte de Diego Maradona en representación de las hermanas del ex futbolista.
La decisión fue adoptada por mayoría por la sala III de la Cámara de Apelaciones de San Isidro que declaró inadmisible el planteo que habían formulado Claudia Nora, Ana Estela y Rita Mabel Maradona, hermanas del Diez aceptadas como particulares damnificadas en este expediente, para que se revoque el apartamiento de Morla como abogado querellante.
El pasado 26 de julio, el juez de Garantías de San Isidro Diego Martínez había apartado a Morla, como representante de las tres mujeres y, además, denunció la posible comisión de un delito de acción pública. Pidió investigarlo por asesorar legalmente a algunos de los imputados.
En su resolución el magistrado señaló que “resulta palmaria de la prueba objetiva recabada por el momento que Matías Morla asesoró a Leopoldo Luque, con antelación a su imputación en esta encuesta, no solo aconsejándole en su condición de profesional letrado, sino también llevándole tranquilidad acerca del trámite de la investigación, motivado ello en su ingreso a la pesquisa bajo el papel de patrocinante que hoy detenta”.
Además sostuvo que “el conflicto o colisión de intereses aparece incontrastable (…) por un lado se emplazan los encausados (el psicólogo Carlos) Díaz, Luque y (la psiquiatra Agustina) Cosachov, y por el otro, las damnificadas Sras. Maradona” y estableció que “deviene incontestable la absoluta incompatibilidad del asesoramiento, patrocinio o ejercicio de la representación o defensa de ambos actores procesales, aun cuando sea en modo informal o circunstancial”.
Frente a esta situación, las hermanas de Maradona apelaron la decisión del juez Martínez en un escrito en el que compararon este expediente con el caso María Marta García Belsunce y criticaron a sus sobrinas Dalma y Gianinna.
“Estamos en una causa que por momentos tiene una seriedad y dedicación impensada, y por otros parece más al triste caso M. Marta García Belsunce que también puso en vergüenza a este departamento judicial”, señalan las hermanas y sus abogados, al evocar el crimen del country Carmel de Pilar por el que a fines del año pasado, tras 18 años de vaivenes judiciales, fue finalmente absuelto el viudo Carlos Carrascosa por el crimen de su esposa.
Este escrito había sido firmado por el abogado Yamil Castro Bianchi, del estudio de Morla, quien en las últimas horas renunció y dejó su cargo, que ahora será ocupado por otro socio del ex apoderado de Maradona, Alejandro González Nava.
En el fallo de este martes de la Cámara de Apelaciones de San Isidro, los jueces Ernesto García Maañon y Gustavo Herbel con la disidencia de Carlos Blanco, consideraron que el recurso presentado por las hermanas de Maradona “procederá únicamente contra las decisiones que expresamente se declaren impugnables por ese medio o que causen gravamen irreparable”.
“En el presente caso, aprecio que el temperamento cuestionado no constituye una decisión que el rito penal declara expresamente apelable”, afirmaron los jueces, que además consideraron que lo alegado por las hermanas del “Diez” “no logra justificar fundadamente la eventual incidencia negativa irreparable que -a esta altura- ello conllevaría en su perjuicio”.
Maradona murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 al mediodía, en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba la internación domiciliaria que está bajo investigación.
La autopsia determinó que murió como consecuencia de un “edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada” y descubrieron en su corazón una “miocardiopatía dilatada”.